| LICENCIAS DE APERTURA |
La Licencia municipal de obras es necesaria para realizar obras de acondicionamiento interior, exterior y de nueva edificación, entre otras, en locales, naves o edificios situados en un municipio. El Ayuntamiento correspondiente en el que se va a emplazar la edificación, deberá comprobar que las obras propuestas se adecuan a lo establecido por la normativa urbanística municipal.
La documentación necesaria para la solicitud de la licencia en el Departamento municipal correspondiente, será entre otra: el Formulario Municipal de solicitud; Proyecto realizado por técnico competente, visado por el Colegio Profesional correspondiente y con dirección facultativa de las obras. Dependiendo de si se consideran obras mayores o menores la documentación exigida puede variar. La solicitud de la licencia de obras, se tramitará obligatoriamente antes de empezar dichas obras, que deben empezar en los seis meses siguientes a la obtención de la misma.
La Licencia municipal de apertura es necesaria para abrir por primera vez el establecimiento en el que se desarrollará la actividad empresarial.
Existen dos tipos de licencia, según que la actividad que se vaya a desarrollar sea una actividad calificada como molesta, insalubre, nociva o peligrosa; o bien sea una actividad inocua o no calificada entre las anteriores.
En nuestro “EQUIPO” contamos con profesionales capacitados no sólo para la redacción de proyectos técnicos, sino también para la solicitud, tramitación y gestión de las licencias correspondientes, ante la administración competente.